A cien días de la instalación de la Asamblea Nacional, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó 14 sentencias contra las decisiones del nuevo Parlamento con mayoría opositora. También le restó poder supervisor y contralor. El 11 de febrero de 2016 ratificó la vigencia del Decreto de Emergencia Económica, emanado por el presidente Nicolás Maduro, pese al rechazo de la mayoría de 109 diputados de la oposición. El 1º de marzo quitó a los parlamentarios la posibilidad de controlar al Poder Judicial, Poder Ciudadano, Poder Electoral y a la Fuerza Armada Nacional. Estableció que los diputados deben coordinar con la Vicepresidencia de la República la comparecencia de ministros ante la Asamblea Nacional y abrió la posibilidad de que éstos envíen sus respuestas por escrito. Entre las leyes aprobadas por el Parlamento, que luego fueron negadas por el Ejecutivo y la Sala Constitucional, figuran la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, y la Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela. La única propuesta de la nueva asamblea que cuenta con la aprobación de la Sala Constitucional es la Ley de Bono de Alimentación y Medicinas para Pensionados y Jubilados, para la cual los parlamentarios deben presentar un informe de viabilidad económica.