Sala Constitucional del TSJ

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Crbv), es el órgano encargado de ejercer la jurisdicción constitucional. En este sentido, son competencias de esta sala declarar nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, así como de los actos con rango de ley que sean dictados por el Ejecutivo Nacional; dirimir las controversias constitucionales que se susciten entre cualesquiera de los órganos del Poder Público, entre otras. De acuerdo con el artículo 8 de la Carta Magna, la Sala estará integrada por siete Magistrados o Magistradas.

Perfil

A poco más de un año de la instalación de la nueva Asamblea Nacional (AN) de mayoría opositora, la Sala Constitucional del TSJ ha emitido 56 sentencias en contra del Parlamento.

Siendo las más graves las números 155 y 156, del 27 y 29 de marzo de 2017, que limitaban la inmunidad parlamentaria y decretaban que todas las funciones de la AN serían asumidas por la Sala. Luego de múltiples manifestaciones y presiones internacionales, revertieron los efectos de esas decisiones.

Entre las primeras decisiones contrarias a la AN, destacan: la del 11 de febrero de 2016, que ratificó la vigencia del Decreto de Emergencia Económica, emanado por el presidente Nicolás Maduro, pese al rechazo de la mayoría de 109 diputados de la oposición.

El 1 de marzo quitó a los parlamentarios la posibilidad de controlar al Poder Judicial, Poder Ciudadano, Poder Electoral y a la Fuerza Armada Nacional, y estableció que los diputados deben coordinar con la Vicepresidencia de la República la comparecencia de ministros ante la Asamblea Nacional, así como la posibilidad de que éstos envíen sus respuestas por escrito.

Entre las leyes aprobadas por el Parlamento, que luego fueron negadas por el Ejecutivo y la Sala Constitucional, figuran la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, y la Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela. La única propuesta de la nueva asamblea que cuenta con la aprobación de la Sala Constitucional es la Ley de Bono Alimentación y Medicinas para Pensionados y Jubilados, para la cual los parlamentarios deben presentar un informe de viabilidad económica.

Caso Directv 

El 22 de mayo de 2020, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del gobierno de Nicolás Maduro, ordenó la ocupación y restitución del servicio de Directv Venezuela, marca perteneciente a la empresa AT&T, la cual cesó sus operaciones en el país el 19 de mayo de 2020.

La decisión N° 0064-2020 se hace pública tras admitir la acción de amparo y medida cautelar solicitada por los ciudadanos Israel Marín Martínez y William Fuentes, miembros y voceros del comité Frente de Usuarios y Usuarias para la Defensa de los Derechos Comunicaciones. En la medida, el comité exige a la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A (Directv Venezuela) continuar de manera inmediata con la prestación de servicio de televisión por suscripción en el país.

Por su parte, la sentencia del TSJ ordena de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) tomar posesión de los bienes inmuebles, oficinas comerciales, sedes administrativas, centro de operaciones y transmisiones, antenas y demás equipos. Asimismo, designar una junta administradora ad-hoc, la cual estará presidida por Jorge Elieser Márquez, director de Conatel y ministro del Despacho de la Presidencia.

Asamblea Nacional 

El 26 de mayo de 2020, la Sala Constitucional declaró válida la junta directiva de la Asamblea Nacional (AN), conformada sin quorum el 5 de enero de 2020, en la que figura como presidente el diputado Luis Parra, disidente de la oposición y, como primer vicepresidente, Franklyn Duarte.

Cuatro meses y 19 días después, la sala presidida por Mendoza Jover decidió dar respuesta al recurso de amparo interpuesto por Enrique Ochoa Antich el 7 de enero, donde pedía dilucidar la conformación de la presidencia del Parlamento, tras las juramentaciones de Luis Parra y Juan Guaidó como presidentes de la AN. Lee la sentencia completa aquí.

Poderes para el CNE

El 05 de junio de 2020 la Sala Constitucional de TSJ emitió una sentencia con la que otorga al Consejo Nacional Electoral (CNE) poderes que son competencia de la Asamblea Nacional. Según una nota de Efecto Cocuyo realizada por Eugenio Martínez, la sentencia Nº 68 “declaró la omisión inconstitucional legislativa de la Asamblea Nacional para designar a los rectores del Poder Electoral” y “ordenó a los actuales integrantes del organismo comicial modificar aspectos sustanciales previstos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) referidos a la elección de los diputados que representan a las tres circunscripciones indígenas que existen en el país”. La sentencia se apoya en el presunto desacato en el que se encuentra el Parlamento venezolano.

Días después, el 09 de junio de 2020, el Tribunal Supremo de Justicia en el exilio rechazó  la decisión a través de su cuenta en la red social Twitter @TSJ_Legitimo.  “La junta directiva y magistrados del TSJ legítimo alertan a la comunidad internacional de una nueva agresión a la democracia y al orden constitucional en Venezuela, por la pretendida designación de rectores del CNE por quienes usurpan las instalaciones del Poder Judicial”, se lee en uno de los tuits publicados.

El 15 de junio de 2020, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del gobierno de Maduro, a través de la sentencia N° 0071-2020, decretó la suspensión de la actual dirección nacional del partido político Acción Democrática (AD), la cual estaba encabezada por el diputado de la Asamblea Nacional (AN), Henry Ramos Allup.

Asimismo, la Sala presidida por el magistrado Juan Mendoza Jover, nombró una mesa directiva ad-hoc para reestructurar a la tolda blanca, la cual estará dirigida por José Bernabé Gutiérrez, junto a un secretario general nacional y un secretario nacional de organización. De acuerdo con la sentencia, la mesa directiva podrá utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de la organización con fines políticos de AD.

Un día después, el 16 de junio de 2020, la sala suspendió la actual junta directiva del partido Primero Justicia (PJ) y nombró una junta directiva ad-hoc para la tolda amarilla, la cual estará presidida por el diputado de la AN, y disidente opositor, José Brito.

El 8 de enero de 2021 la Sala Constitucional aprobó, a través de la sentencia N° 0001-2021, el Decreto Nro. 4.396 -con fecha del 26 de diciembre de 2020- en el que Nicolás Maduro declaró un estado de excepción y emergencia económica en el país.

 

Datos Básicos

Tipo de Organizacion:
Entidad pública
Nombre Fantasía:
Sala Constitucional del TSJ
País:
VENEZUELA

Trabajo en Entidad Pública 7

Gladys Gutiérrez Presidente/a Es Presente
Carmen Zuleta Es Presente
Arcadio Delgado Vicepresidente/a Es Presente
Calixto Ortega Es Presente
Luis Fernando Damiani Es Presente
Lourdes Suárez Anderson Es Presente
Juan José Mendoza Es Presente

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